{"id":7364,"date":"2017-11-17T16:17:16","date_gmt":"2017-11-17T21:17:16","guid":{"rendered":"http:\/\/localhost:10028\/uncategorized\/opioid-crisis-costs-cause-action\/"},"modified":"2017-11-17T16:17:16","modified_gmt":"2017-11-17T21:17:16","slug":"crisis-de-opiaceos-costos-causa-accion","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/napolilaw.lemonadestand.org\/es\/article\/crisis-de-opiaceos-costos-causa-accion\/","title":{"rendered":"Costos de la crisis de los opi\u00e1ceos: \u00bfhay una causa de acci\u00f3n?"},"content":{"rendered":"<h5>Este art\u00edculo est\u00e1 escrito por Paul Napoli y Marie Napoli; se public\u00f3 en la edici\u00f3n del 16 de noviembre de 2017 de The New York Law Journal.<\/h5>\n<p>Este art\u00edculo analiza si los municipios de Nueva York pueden presentar demandas contra los fabricantes y distribuidores de opioides para recuperar el dinero gastado en atenci\u00f3n m\u00e9dica y costos relacionados. La Parte I proporciona antecedentes f\u00e1cticos pertinentes. La Parte II proporciona una breve descripci\u00f3n de las reclamaciones propuestas que los municipios podr\u00edan hacer valer.<a name=\"_ednref1\"><\/a><a href=\"https:\/\/www.law.com\/newyorklawjournal\/sites\/newyorklawjournal\/2017\/11\/16\/opioid-crisis-costs-is-there-a-cause-of-action\/#_edn1\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\"><strong>[1]<\/strong><\/a>\u00a0La Parte III proporciona ejemplos de casos similares que han alcanzado resultados favorables.<\/p>\n<h2><strong>Fondo<\/strong><\/h2>\n<p>Durante la d\u00e9cada de 1990, los fabricantes ten\u00edan la capacidad de producir grandes cantidades de opioides a bajo costo, pero el mercado era peque\u00f1o y se concentraba en el tratamiento de pacientes con c\u00e1ncer. Para expandir el mercado para cubrir enfermedades no malignas, como el dolor de espalda y la artritis, los fabricantes desarrollaron un plan para persuadir a los pacientes a solicitar, a los m\u00e9dicos a escribir y a los pagadores de atenci\u00f3n m\u00e9dica, como los municipios, a comprar m\u00e1s recetas de opioides. Con la ayuda de consultores, los fabricantes crearon la percepci\u00f3n de un intercambio cient\u00edfico en la literatura m\u00e9dica al encargar estudios que concluyeron que el uso prolongado de opioides para el dolor cr\u00f3nico es apropiado. Debido a que la FDA generalmente no revisa los materiales que promueven el uso de un tipo de medicamento, pero no identifica ning\u00fan medicamento en particular por su nombre, para evitar el escrutinio regulatorio, los fabricantes crearon una red de grupos de fachada para fomentar el tratamiento del dolor cr\u00f3nico con el opioide. clase de drogas.<\/p>\n<p>Por ejemplo, los fabricantes promovieron un peque\u00f1o c\u00edrculo de m\u00e9dicos, denominados l\u00edderes de opini\u00f3n clave (KOL), como expertos en el uso de opioides. Los KOL escribieron libros y art\u00edculos cient\u00edficos y dieron discursos y programas de educaci\u00f3n m\u00e9dica continua para apoyar el uso a largo plazo de opioides. Tambi\u00e9n formaron parte de comit\u00e9s que desarrollaron pautas de tratamiento que fomentan el uso de opioides para el dolor cr\u00f3nico y en las juntas directivas de grupos y sociedades de defensa a favor de los opioides. A cambio de apoyar el mensaje a favor de los opioides de los fabricantes, los KOL recibieron reconocimiento, financiamiento para investigaci\u00f3n y oportunidades de publicaci\u00f3n, lo que, a su vez, aument\u00f3 su perfil y les permiti\u00f3 ejercer a\u00fan m\u00e1s influencia en la comunidad m\u00e9dica.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, los fabricantes comercializaron opioides para poblaciones espec\u00edficas de pacientes y prescriptores a trav\u00e9s de visitas individuales con m\u00e9dicos y eventos grupales con oradores destacados. Los materiales de marketing de los fabricantes estaban llenos de tergiversaciones y omisiones atroces. Por ejemplo, (1) declararon incorrectamente que los opioides mejoran la funci\u00f3n, (2) ocultaron el v\u00ednculo entre el uso prolongado de opioides y la adicci\u00f3n, (3) declararon falsamente que el riesgo de adicci\u00f3n se puede controlar, (4) describieron enga\u00f1osamente los signos de la adicci\u00f3n como \u201cpseudoadicci\u00f3n\u201d, (5) declar\u00f3 falsamente que la abstinencia de los opioides se maneja f\u00e1cilmente, (6) tergivers\u00f3 los peligros de las dosis m\u00e1s altas de opioides y (7) subestim\u00f3 falsamente los efectos adversos de los opioides.<\/p>\n<p>Cabe destacar que los fabricantes no actuaron solos. Los distribuidores tambi\u00e9n comparten parte de la culpa. Seg\u00fan las leyes federales y estatales, los distribuidores tienen el deber de informar los pedidos sospechosos de opioides. Pero han eludido su deber a pesar de la abrumadora evidencia de que los opioides estaban siendo mal utilizados. Varios distribuidores ya han admitido haber actuado mal y han pagado multas sustanciales.<\/p>\n<p>Como resultado de la comercializaci\u00f3n fraudulenta de los fabricantes de opioides y de que los distribuidores se hicieron de la vista gorda, los municipios, que brindan cobertura m\u00e9dica a sus empleados, se vieron obligados a pagar recetas que nunca debieron haber sido escritas en primer lugar. Los municipios tambi\u00e9n incurrieron en costos secundarios relacionados con la adicci\u00f3n (p. ej., servicios de rehabilitaci\u00f3n de drogas y mayor aplicaci\u00f3n de la ley). Esta demanda buscar\u00e1 recuperar estos gastos.<\/p>\n<h2><strong>Reclamaci\u00f3n (es<\/strong><\/h2>\n<p>Hay varias causas de acci\u00f3n que los municipios podr\u00edan presentar para intentar recuperar los da\u00f1os causados por la epidemia de opi\u00e1ceos.<\/p>\n<p><em>Primero<\/em>, los municipios podr\u00edan presentar demandas comerciales negligentes contra los fabricantes en base a sus actividades promocionales enga\u00f1osas. En su completo art\u00edculo sobre el papel de los litigios en la lucha contra la epidemia de opioides, el profesor Richard C. Ausness opin\u00f3 que la comercializaci\u00f3n negligente es una de las &quot;teor\u00edas de responsabilidad m\u00e1s prometedoras&quot;. \u201cEl papel de los litigios en la lucha contra el abuso de medicamentos recetados\u201d, 116 W. Va. L. Rev. 1117, 1148 (2014). \u201cLa doctrina de la comercializaci\u00f3n negligente se basa en la noci\u00f3n de que los vendedores de productos no deben seguir estrategias de comercializaci\u00f3n que aumenten el riesgo de que sus productos sean comprados por personas que probablemente se lastimen a s\u00ed mismas o a otros\u201d. Identificaci\u00f3n. en 1127. \u201cLas afirmaciones de marketing negligente pueden basarse en el dise\u00f1o del producto, la publicidad o las actividades promocionales[.]\u201d Id. Si bien los municipios tendr\u00edan afirmaciones plausibles de que los fabricantes de opioides \u201cparticiparon en cada una de estas formas de mercadeo negligente\u201d, id., el argumento a favor de la promoci\u00f3n negligente es particularmente fuerte. Como se indic\u00f3 anteriormente, los fabricantes utilizaron una variedad de t\u00e9cnicas de mercadeo il\u00edcito para promover los opioides para el control del dolor a largo plazo en el tratamiento de enfermedades que no amenazan la vida.<\/p>\n<p><em>Segundo<\/em>, utilizando la Ley de Sustancias Controladas (que tiene requisitos de informes onerosos para los distribuidores) para establecer el est\u00e1ndar de atenci\u00f3n adecuado, los municipios podr\u00edan presentar demandas directas por negligencia contra los distribuidores por no informar los pedidos sospechosos de opioides que estaban entregando.<\/p>\n<p><em>Tercero<\/em>, las t\u00e1cticas enga\u00f1osas de marketing del fabricante de opioides tambi\u00e9n \u201cencajan en la descripci\u00f3n de tergiversaci\u00f3n intencional o fraudulenta\u201d. Identificaci\u00f3n. en 1128. \u201cLos elementos de una causa de acci\u00f3n por fraude consisten en una tergiversaci\u00f3n u omisi\u00f3n material de un hecho que era falso y que el demandado sab\u00eda que era falso, hecho con el prop\u00f3sito de inducir a la otra parte a confiar en \u00e9l, confianza justificable de la otra parte sobre la tergiversaci\u00f3n u omisi\u00f3n material, y el da\u00f1o\u201d.\u00a0<em>Paternack v. Lab. Cuerpo de Am. Valores en cartera<\/em>, 27 NY3d 817, 827 (NY 2016) (se omiten las comillas y las alteraciones del texto). Seg\u00fan el profesor Ausness, &quot;[l]as declaraciones y garant\u00edas hechas por [los fabricantes]... podr\u00eda decirse que satisfacen los primeros [dos] elementos&quot;. 116 W. Va. L. Rev. en 1129. \u201cQue un demandante pueda probar el elemento [de confianza justificable] depender\u00e1 de qu\u00e9 tan familiarizado est\u00e9 el m\u00e9dico objetivo con los opioides en general y [el f\u00e1rmaco espec\u00edfico] en particular\u201d. Identificaci\u00f3n. A pesar de estas incertidumbres, una demanda por fraude de derecho consuetudinario es ventajosa porque la perspectiva de ser responsable por da\u00f1os punitivos ejerce una presi\u00f3n financiera adicional sobre los demandados.<\/p>\n<p><em>Cuatro<\/em>, los municipios han otorgado un beneficio a los fabricantes al comprar opioides en base a sus tergiversaciones. Bajo estos hechos, los municipios pueden tener una pretensi\u00f3n plausible por enriquecimiento injusto porque ser\u00eda inequitativo que los fabricantes conservaran este beneficio. V\u00e9ase, por ejemplo,\u00a0<em>Georgia Malone &amp; Co. contra Ralph Rieder<\/em>, 86 AD3d 406, 411 (1.er departamento de 2011), aff&#039;d sub nom.\u00a0<em>Georgia Malone &amp; Co. contra Rieder<\/em>, 19 NY3d 511 (NY 2012) (\u201cEst\u00e1 bien establecido que para alegar con \u00e9xito el enriquecimiento injusto, un demandante debe demostrar que (1) la otra parte se enriqueci\u00f3, (2) a expensas de esa parte, y (3) que es contra equidad y buena conciencia para permitir que la otra parte retenga lo que se pretende recuperar\u201d) (se omiten las comillas y las alteraciones del texto).<\/p>\n<p><em>Quinto<\/em>, los municipios podr\u00edan presentar reclamos bajo NYGBL \u00a7\u00a7349 y 350. &quot;NYGBL \u00a7349 proh\u00edbe &#039;actos o pr\u00e1cticas enga\u00f1osas en la realizaci\u00f3n de cualquier negocio, industria o comercio o en la prestaci\u00f3n de cualquier servicio en este estado&#039;&quot;.\u00a0<em>Soles del Nuevo Mundo. v. Nombre Medios<\/em>, 150 F. Suplemento. 3d 287, 329 (SDNY 2015) (citando NYGBL \u00a7349). \u201cNYGBL \u00a7350 proh\u00edbe la &#039;publicidad falsa en la conducci\u00f3n de cualquier negocio, industria o comercio o en la prestaci\u00f3n de cualquier servicio en este estado&#039;\u201d. Id. en 329 (citando NYGBL \u00a7350). \u201c&#039;El est\u00e1ndar para la recuperaci\u00f3n bajo la Ley Comercial General \u00a7350, mientras que es espec\u00edfico para la publicidad enga\u00f1osa, es por lo dem\u00e1s id\u00e9ntico al art\u00edculo 349.&#039;\u201d Id. en 330 (citando\u00a0<em>Gos\u00e9n contra Mut. Vida Ins. Co. de Nueva York<\/em>, 98 NY2d 314, 1195 n.1 (NY 2002)). \u201c&#039;Ni la secci\u00f3n 349 ni la 350<\/p>\n<p>requiere prueba de confianza, ... ni prueba de que los demandados intentaron enga\u00f1ar a los consumidores&#039;\u201d. Id. en 330 (citando<em>\u00a0In re Scotts EZ Seed Litig.<\/em>, 304 FRD 397, 409 (SDNY 2015)). Un tribunal podr\u00eda encontrar que los fabricantes y distribuidores se involucraron en actos enga\u00f1osos y publicidad falsa con respecto a la naturaleza adictiva de los opioides, lo que result\u00f3 en da\u00f1os a los municipios al financiar recetas ineficaces, innecesarias y da\u00f1inas.<\/p>\n<p><em>Finalmente<\/em>, el profesor Ausness tambi\u00e9n cree que la molestia p\u00fablica es una &quot;de las teor\u00edas de responsabilidad m\u00e1s prometedoras&quot;. 116 W. Va. L. Rev. en 1148. Bajo la ley de Nueva York, \u201c[a] existe molestia p\u00fablica por conducta que equivale a una interferencia sustancial con el ejercicio de un derecho com\u00fan del p\u00fablico, ofendiendo as\u00ed la moral p\u00fablica, interfiriendo con el uso por el p\u00fablico de un lugar p\u00fablico o poner en peligro o da\u00f1ar la propiedad, la salud, la seguridad o la comodidad de un n\u00famero considerable de personas\u201d.\u00a0<em>532 Madison Ave. Gourmet Foods contra Finlandia Ctr.<\/em>, 96 NY2d 280, 292 (Nueva York 2001). \u201cUna alteraci\u00f3n del orden p\u00fablico es una violaci\u00f3n contra el Estado y est\u00e1 sujeta a correcci\u00f3n o enjuiciamiento por parte de la autoridad gubernamental competente\u201d. Identificaci\u00f3n. Los municipios deben tener un buen argumento de que los efectos de la epidemia de opi\u00e1ceos, por ejemplo, la tensi\u00f3n en el sistema de atenci\u00f3n m\u00e9dica y el aumento de la actividad delictiva, constituyen una molestia p\u00fablica.\u00a0\u00a0<em>\u00a0<\/em><\/p>\n<h2><strong>\u00c9xitos anteriores<\/strong><\/h2>\n<p>Significativamente, si los municipios deciden avanzar, no estar\u00e1n recorriendo un camino no transitado. Ha habido varios casos presentados anteriormente que afirman reclamos similares que han llegado a acuerdos favorables con los fabricantes y distribuidores de opioides:<\/p>\n<p><strong>Caso:\u00a0<\/strong><em>Virginia Occidental v. AmeriSource Bergen, et al.\u00a0<\/em><strong>Disposici\u00f3n:\u00a0<\/strong>En enero de 2017, AmerisourceBergen y Cardinal Health acordaron pagar $16 millones y $20 millones respectivamente para resolver el reclamo por negligencia de West Virginia relacionado con su distribuci\u00f3n de opioides.<\/p>\n<p><strong>Caso:\u00a0<\/strong><em>Estado de California v. Purdue Pharma LP, et al.<\/em>\u00a0<strong>Disposici\u00f3n:\u00a0<\/strong>En mayo de 2017, Teva Pharmaceuticals acord\u00f3 pagar $1.6 millones para resolver los reclamos de los condados de Orange y Santa Clara por violaciones de la ley de publicidad falsa de California, la ley de competencia desleal de California y alteraci\u00f3n del orden p\u00fablico.<\/p>\n<p><strong>Caso:<\/strong>\u00a0<em>Kentucky contra Purdue Pharma LP y otros.<\/em>, y\u00a0<em>Kentucky contra Janssen Pharmaceuticals y otros.<\/em>.\u00a0<strong>Disposici\u00f3n:\u00a0<\/strong>En diciembre de 2015, Purdue Pharma LP y Johnson &amp; Johnson acordaron pagar $24 millones y $15,5 millones, respectivamente, para resolver las reclamaciones de Kentucky por violaciones de la Ley de Fraude al Medicaid de Kentucky, la Ley de Publicidad Falsa de Kentucky, alteraci\u00f3n del orden p\u00fablico, enriquecimiento injusto y restituci\u00f3n, indemnizaci\u00f3n, negligencia, responsabilidad estricta y fraude de derecho consuetudinario.<\/p>\n<p><strong>Caso:\u00a0<\/strong><em>Estado de Virginia Occidental ex rel. Darrell V. McGraw, Jr., Fiscal General, et al.<\/em>\u00a0<em>contra Purdue Pharma LP, et al.<\/em>\u00a0<strong>Disposici\u00f3n:\u00a0<\/strong>En noviembre de 2004, Purdue Pharma LP acord\u00f3 pagar $10 millones para resolver los reclamos por mercadeo negligente y alteraci\u00f3n del orden p\u00fablico presentados por los reguladores de West Virginia.<\/p>\n<p><strong>Notas finales:<\/strong><\/p>\n<p><a name=\"_edn1\"><\/a><a href=\"https:\/\/www.law.com\/newyorklawjournal\/sites\/newyorklawjournal\/2017\/11\/16\/opioid-crisis-costs-is-there-a-cause-of-action\/#_ednref1\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\"><strong>[1]<\/strong><\/a>\u00a0Los demandados probablemente incluir\u00edan a Purdue Pharma LP, Purdue Pharma Inc., The Purdue Frederick Company, Inc., Teva Pharmaceutical Industries, Ltd., Teva Pharmaceuticals USA, Inc., Cephalon, Inc., Johnson &amp; Johnson, Janssen Pharmaceuticals, Inc., Ortho\u2013McNeil\u2013Janssen Pharmaceuticals, Inc. (N\/K\/A Janssen Pharmaceuticals, Inc.), Endo Health Solutions, Inc., Endo Pharmaceuticals, Inc., Allergan PLC (F\/K\/A Actavis PLC), Actavis LLC, Actavis Pharma, Inc. (F\/K\/A Watson Pharma, Inc.), McKesson Corp. y Cardinal Health, Inc.<\/p>\n<hr \/>\n<p><em>Reimpreso con permiso de la edici\u00f3n del 16 de noviembre de 2017 del New York Law Journal\u00a9 2017 ALM Media Properties, LLC. Reservados todos los derechos.<\/em><em><br \/>\nSe proh\u00edbe la duplicaci\u00f3n adicional sin permiso.\u00a0<a href=\"mailto:ALMReprints.com\">ALMReprints.com<\/a>\u00a0\u2013\u00a0<a href=\"tel:(877)%20257-3382\">877-257-3382<\/a>\u00a0\u2013\u00a0<\/em><a href=\"mailto:reprints@alm.com\"><em>reprints@alm.com<\/em><\/a><em>.<\/em><\/p>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Este art\u00edculo est\u00e1 escrito por Paul Napoli y Marie Napoli; se public\u00f3 en la edici\u00f3n del 16 de noviembre de 2017 de The New York Law Journal. Este art\u00edculo analiza si Nuevo...<\/p>","protected":false},"author":3,"featured_media":7365,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"inline_featured_image":false,"footnotes":""},"categories":[785],"tags":[859,860],"class_list":["post-7364","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-opioid-crisis","tag-marie-napoli","tag-paul-napoli"],"acf":[],"page_builder_type":"gutenberg","gutenberg_data":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/napolilaw.lemonadestand.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/7364","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/napolilaw.lemonadestand.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/napolilaw.lemonadestand.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/napolilaw.lemonadestand.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/napolilaw.lemonadestand.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=7364"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/napolilaw.lemonadestand.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/7364\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/napolilaw.lemonadestand.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media\/7365"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/napolilaw.lemonadestand.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=7364"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/napolilaw.lemonadestand.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=7364"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/napolilaw.lemonadestand.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=7364"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}